03 marzo 2013

El patrimonio inmaterial: valores culturales y espirituales

  EUROPARC-España.

Este manual, el primero en su género en Europa, aboga por una visión integral de patrimonio y su gestión en las áreas protegidas, aportando recomendaciones y ejemplos de buenas prácticas para integrar los valores culturales y espirituales en su planificación, diseño y gestión. La publicación incluye asimismo un extenso capítulo con 10 casos de estudio pormenorizadamente analizados.

Lejos de ser marginales, los valores del patrimonio inmaterial son los que suelen configurar los vínculos identitarios, simbólicos y de pertenencia que conforman el arraigo o la querencia que une una determinada sociedad, especialmente la población local, con los espacios naturales. No obstante, en las últimas décadas los criterios de planificación y de gestión de la mayoría de los espacios naturales protegidos españoles han priorizado los aspectos tangibles y científico-técnicos del patrimonio natural, mientras que sus dimensiones inmateriales se han ignorado o minusvalorado, desaprovechando su enorme potencial. Y esto ha ocurrido incluso en casos en los que los valores del patrimonio inmaterial fueron importantes o decisivos para la designación del espacio protegido.



Caso de estudio 6: 
El Malpaís de Güímar y el Camino de El Socorro

La superficie de la Reserva Natural Especial del Malpaís de Güímar se amplía considerablemente gracias a la devoción a la Virgen de la Candelaria y el apoyo popular a una de las romerías más antiguas de Canarias.

Asociar la protección del paisaje y el camino con el ritual y la fiesta, algo que en las últimas décadas ha sido entendido y masivamente apoyado por la población de Güímar, ha sido un hecho clave para la protección integral de todo el ámbito del Malpaís de Güímar.

Las interacciones son extraordinariamente significativas, básicamente sinérgicas, puesto que la existencia de la romería y su camino han propiciado que se amplíe la reserva natural de 290 a 448 hectáreas. La devoción del pueblo de Güímar por la Virgen de El Socorro y el arraigo de su fiesta inclinaron definitivamente el resultado del conflicto de intereses, tras más de 20 años de pugna, a favor de los que propugnaban la conservación integral del entorno Camino de El Socorro con la figura de reserva natural, frente a los que promovían la expansión del polígono industrial.

Vídeo Cuéntame Malpaís


Cuéntame Malpaís es un vídeo de carácter divulgativo y educativo sobre los valores naturales, históricos y tradicionales del territorio del Malpaís de Güímar, especialmente centrado en la ampliación de la zona de protección en 2006. 

Fue promovido y financiado por el Área de Medio Ambiente del Cabildo de Tenerife entre 2007 y 2008. 

A comienzos de 2007, el Área de Medio Ambiente del Cabildo de Tenerife tuvo la iniciativa de realizar un documental sobre el Malpaís que recogiera aspectos sobre la ampliación de este Espacio Natural. Se partía de la base de otras experiencias similares como un documental sobre el Malpaís de Rasca y otro sobre el Barranco del Infierno.


La escuela Taller de Comunicación Digital del Ayuntamiento de Güímar colaboró diseñando la carátula y portada del vídeo.


La versión definitiva del guión y la grabación se realizaron a lo largo de 2007. El vídeo se basaba en entrevistas realizadas en el propio entorno del Malpaís, y la organización de estas entrevistas fue la que definió el ritmo de producción.

Sobre el primer guión hubo muchas aportaciones de las personas que trabajaron en el proyecto: Manuel Martín, Elena Fernández, Octavio Rodríguez, Daniel García.
La falta de imágenes en vídeo de la Bajada al Socorro aconsejó esperar al mes de septiembre para tomar una buena referencia de esta fiesta tan ligada a la historia del Malpaís.



10 febrero 2012

Jornada sobre el Malpaís de Güímar marzo 2012

Organizadas por Patrival, Proyecto estructurante del Patrimonio Cultural Canario

OBJETIVOS:
 • Informativos. Espacio de divulgación abierto al público donde se informa didácticamente sobre los bienes patrimoniales de índole medioambiental y patrimonial que existen en el Malpaís de Güímar.
• Formativos. Exposición de las claves esenciales del Malpaís, procesos naturales, épocas históricas, formaciones geológicas, fenómenos biológicos, percepciones tradicionales, etc. para que sean entendibles por los oyentes y participantes.
• De sensibilización y valorización. Fomento de sentimientos de implicación en la concienciación de los valores que encierra el paraje, así como cierta predisposición a debates constructivos sobre el modo de entender y de tratar al Malpaís.
El método de las Jornadas que se prevé están diferenciados en cinco bloques interconectados, multidisciplinares, según el siguiente orden:

1. Geografía-Geología. El “escenario” en el que se desarrollan o se desarrollaron los fenómenos naturales y geológicos que dieron lugar al paisaje que actualmente se conoce, con independencia de las transformaciones antrópicas.
2. Biología. Todos aquellos “actores” vivos que habitan el Malpaís, susceptibles de estudiar por la biología, tanto las estructuras ecológicas de gran calado como las formas de vida individuales y los destacados niveles de endemismos.
3. Historia. De forma amplia, se trata de los procesos humanos que han tenido lugar en el Malpaís y que son rastreables tanto desde sus vestigios y usos tradicionales, como incluso desde referencias de archivo, fuentes orales, análisis toponímicos, etc.; todos ellos indicadores de valores patrimoniales que tienen que ver con la huella humana.
4. Desarrollo de la legislación. La evolución de las distintas figuras legales que, a lo largo de las últimas décadas, ha designado al Malpaís de Güímar. Desde un punto de vista jurídico, se da con las formas de protección, normativas y reglamentos, indicando trayectorias, aciertos y contradicciones.
5. Valorización. Confluencia de todos los aspectos anteriores, sus relaciones y, especialmente, el potencial que representa este entorno como testigo vivo de la herencia natural y patrimonial de las culturas del pasado y de los hitos medioambientales, para emprender programas de valorización patrimonial. Se incentiva aquí el diálogo entre las partes que quieren disfrutar del Malpaís, en un marco común de respeto.


“Salón de Actos de la Casa de la Cultura” del Ayuntamiento de Güímar,
Del 19 al 24 de marzo de 2012.

Más información: Patrival

07 junio 2011

Un edificio de 11 plantas tras la sentencia que reconoce el Malpaís como suelo rústico

7 juno 2011
Güímar (Tenerife) ‘salva’ el recorte judicial del Malpaís con la construcción de un edificio de 11 plantas de VPO. Canarias Actual.

El municipio tinerfeño de Güímar contará con un edificio de 11 plantas para albergar el 30% de viviendas que la Ley del Suelo exige que se destinen a Viviendas de Protección Oficial después de que una sentencia haya reconocido que el Malpaís es zona rústica y no se puede destinar al proyecto de urbanización del Puertito con lo que la corporación pretende mantener las dotaciones y la edificación en una zona de costa donde la tipología es de 4 o 5 plantas.

El concejal de Urbanismo en funciones de Güímar, Francisco Javier Rosario, así lo ha explicado a Europa Press, tras publicarse este martes en el Boletín Oficial de Canarias el acuerdo del pleno en el que se ha aprobado — a seis días de las elecciones municipales– la revisión del Plan Parcial de este ámbito y que a partir de este miércoles los interesados podrán consultar el proyecto tras su salida a información pública durante 45 días hábiles.

“Es la redelimitación del ámbito del Plan Parcial del Puertito. En virtud de una sentencia el plan parcial es más pequeña. La zona para dotaciones queda como zona natural y en virtud de la sentencia se modifica el Plan General”, ha explicado Rosario.

“La redelimitación consiste en hacerlo más pequeño, salvar la zona del Malpaís de Güímar, como dice la sentencia. La promotora del Plan Parcial presenta una iniciativa para hacerlo más pequeño. Se distribuye toda la edificabilidad del plan parcial y se hace en la parte más pequeña que queda con los espacios libres y dotacionales del Ayuntamiento, salvando el Malpaís de Güímar”, ha añadido.

El edil en funciones ha aclarado que la promotora “no puede” renunciar a la edificabilidad porque habría que compensar económicamente por el suelo ya que estaba consolidada como zona para dotaciones en el Plan General de Ordenación que ahora se suspende y se modifica. “Entonces se agrupa en un edificio de 11 plantas toda la edificabilidad de protección oficial con un 30 por ciento que exige Ley de Suelo para VPO”, ha apuntado el responsable de Urbanismo.

Asimismo, y recogiendo los criterios de el Cabildo que según Francisco Javier Rosario decían que debía estar más alejado del espacio natural –si bien el presidente de Tenerife en funciones, Ricardo Melchior, había dicho el 15 de febrero de 2011 tras una reunión del Consejo de Gobierno que esta obra debería contar con un estudio de impacto ambiental para ver su viabilidad– se ha planteado ahora, a petición de la propia promotora, la ejecución de la obra en una zona de colchón más alejada de la ‘reserva’ y entre las zonas dotacionales.

“El Cabildo ha dicho que debe estar más alejado del malpaís y se ha planteado dejarlo en la zona de colchón en zonas dotacionales para que no sea un impacto tan severo entre las dotaciones y el malpaís de Güímar”, ha apuntado el edil que además se ha acogido a la Ley de Directrices que consideran que se ha de crecer en altura y no hacia lo ancho .

“Podría haber otras alternativas pero desde nuestro punto de vista, los arquitectos encargados del proyecto son de reconocido prestigio –Juan Ma Palerm y Leopoldo Tabares de Nava— y desde el punto de vista del Ayuntamiento sería un hito en el puertito de Güímar que podría quedar muy bien en el Puertito con un tratamiento específico”, ha subrayado

Enlace a la noticia

17 mayo 2011

Declaración de BIC del Camino de El Socorro en 2011

2942 DECRETO 118/2011, de 17 de mayo, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico "El Camino del Socorro", situado en el término municipal de Güímar, isla de Tenerife.


1 junio 2011

El Camino del Socorro, BIC después de 21 años de espera. El Día.

Han transcurrido 21 años desde que en diciembre de 1990 el Gobierno de Canarias incoara el expediente de declaración del Camino del Socorro como Bien de Interés Cultural (BIC) con categoría de Sitio Histórico. Ayer, el Boletín Oficial de Canarias (BOC) cerró este proceso con la publicación de esa catalogación para dicho enclave güimarero.

La resolución publicada ayer se correspondió con el segundo expediente abierto para proteger la ruta por la que discurre la romería más antigua de Canarias cada 7 de septiembre. Además, fue necesaria una denuncia de mora en este trámite, de forma que el expediente volvería a caducar el próximo día 18, habiéndose iniciado el 16 de diciembre de 2005.

En 1990 fue cuando se organizó un colectivo social para demandar su protección ante el riesgo que corría por las obras del Polígono Industrial Valle de Güímar. En octubre de ese año tuvo lugar una manifestación.

La primera declaración de este BIC se produjo el 3 de octubre de 2001, siendo publicada en el BOC del día 25 de ese mismo mes. Dos recursos contenciosos administrativos dejaron sin efecto tal declaración hasta que, en diciembre de 2005, el Cabildo promueve el segundo expediente.


6 junio 2011
Los reparos del BIC. El Día
El Camino del Socorro es una ruta con mucha historia y una zona "privilegiada" para vivir en el municipio de Güímar. Este entorno ha estado varios años sujeto a una aplicación urbanística singular como consecuencia de la calificación de Bien de Interés Cultural (BIC). El caso es que tal catalogación no existía.

El Boletín Oficial de Canarias (BOC) del jueves incluyó esa catalogación. Hasta entonces, la zona colindante con el Camino del Socorro no era BIC, aunque la tramitación de ese expediente comenzó hace casi 21 años.

La causa de que la culminación se demorara tanto hay que encontrarla en la apatía de las administraciones para ello. Es más, el primero de los expedientes se vino abajo por denuncias y el segundo se culminó tan sólo 18 días antes de que expirara el plazo legal establecido para concluirlo. Y fue terminado porque alguien denunció esa situación.

Claro que la protección a la que se somete la ruta por la que transita la romería más antigua de Canarias cada 7 de septiembre no tiene adeptos únicamente. Entre algunos de los que cuentan con propiedades en el entorno del Camino los hay que "preferimos tener unas condiciones legales que nos permitan desarrollar nuestras propiedades dentro de una singularidad que aquí estamos concienciados de que debe respetarse".

La declaración de BIC implica que "se implantan restricciones urbanísticas muy importantes y, fundamentalmente, se impide la realización de nuevas construcciones", explican algunos de los vecinos "que preferimos mantener el anonimato".

Pero hay otro grupo que defiende la declaración de BIC "como un elemento que garantiza la protección de este entorno y de nuestras propiedades, hace que esta zona del municipio tenga el reconocimiento que la historia le atribuye e incrementa el valor de cualquiera de estas parcelas". Pero, por encima de todo ello, "el Camino del Socorro es parte esencial de la historia de Güímar, primero, y de Canarias, después".

El Camino del Socorro tiene 4,6 kilómetros y una anchura variable entre los 35 y los 15 metros. Es la ruta por la que la Virgen es trasladada hasta el caserío en la madrugada del 7 de septiembre.

2942 DECRETO 118/2011, de 17 de mayo, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Sitio Histórico "El Camino del Socorro", situado en el término municipal de Güímar, isla de Tenerife.


D I S P O N G O:
Declarar Bien de Interés Cultural con categoría de Sitio Histórico "El Camino del Socorro" situado en el término municipal de Güímar, isla de Tenerife, según la descripción y ubicación en plano que se contienen en los anexos I y II de este Decreto.

A diferencia de la Declaración BIC de 2001, en el 2001 se reconocen en el propio Decreto los valores históricos y etnográficodel Camino:

DELIMITACIÓN

El ámbito de protección está constituido por un camino de gran valor histórico y etnográfico, que parte del casco urbano de Güímar para finalizar en el caserío de El Socorro, en la costa.

La delimitación está configurada por una banda de terreno a ambos lados del citado camino, generada por sendas líneas paralelas situadas a 25 m a ambos lados del eje del camino existente, en todo su recorrido entre la calle Calvario y el caserío de El Socorro.

JUSTIFICACIÓN DE LA DELIMITACIÓN

La delimitación del ámbito de protección se justifica por la necesidad de preservar un camino o ruta de importante valor histórico, etnográfico y religioso. El Camino del Socorro ha acogido durante siglos la tradicional romería o Bajada de la Virgen de El Socorro desde la Iglesia de San Pedro en el casco histórico de Güímar hasta el caserío de El Socorro, en la playa del mismo nombre.

Entre los justificantes concretos para la delimitación se señalan los siguientes:

1.- Dichos límites acogen un Camino por el que, desde al menos finales del siglo XVI, transcurría la Bajada de la Virgen hasta la Ermita de El Socorro, vinculada a la aparición milagrosa de la Virgen de Candelaria en las citadas playas. Los orígenes de esta festividad pudieran remontarse a la etapa prehispánica, al constituir el litoral una zona frecuentada por los pastores aborígenes para el aprovechamiento de los pastos invernales y los recursos marinos. En esta tradición se solapa la aparición de la Virgen de Candelaria, por un lado, y el verdadero carácter de la Bajada, vinculado a una antigua ceremonia de acción de gracias y de solicitud de primicias a la Virgen de El Socorro.

2.- La necesidad de proteger el entorno físico del Camino radica en que constituye su soporte material desde hace siglos y sin el cual no podrían entenderse ni explicarse muchos de los valores históricos y etnográficos asociados a esta festividad religiosa.

3.- Las actividades humanas y los procesos urbanísticos, que de forma creciente se vienen desarrollando en el ámbito cercano -en especial, la expansión del Polígono Industrial de Güímar- suponen una amenaza directa para la transformación y presumible desaparición de este camino histórico.

03 noviembre 2010

Sentencia del TSJC anulando dos parcelas del Malpaís incluidas en el Plan Parcial

2 de noviembre 2010
El Colectivo Ecologista Tabona lamenta que el Ayuntamiento con dinero de "todos" haya ido contra el Malpaís de Güímar. Revista Digital San Borondón.

El TSJC 'declara' rústicas dos parcelas del Espacio Natural
El Colectivo Ecologista Tabona, tras conocer, que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) les ha dado la razón y apoya la sentencia firme que anula la 'permuta' de dos parcelas dentro del Espacio Natural del Malpaís de Güímar (Tenerife) como zonas dotacionales de una urbanización en el Puertito reconociendo que sí se puede ejecutar la sentencia, han lamentado que las administraciones locales, en este caso el Ayuntamiento, haya empleado el "dinero de todos" en una causa contra un espacio que es de toda la ciudadanía.
Una de las portavoces del colectivo así lo ha manifestado en declaraciones a Europa Press en donde no ha dejado de insistir que esta sentencia no es sólo un logro para el colectivo, sino de la ciudadanía. "Hemos ganado todos. El Malpaís es de todos", ha explicado para insistir en la fragilidad del lugar y los valores ecológicos que representa para la isla.

Ha sido una larga carrera desde que en 2005 vieran las primeras palas en la zona amenazando "cardonales centenarios". La protección de la especie frenó mediante una orden las obras previstas, sin embargo, el colectivo llevó el juicio hasta los tribunales que precintaron el lugar hasta hoy.

En opinión de la portavoz, la construcción de dotaciones supondría un perjuicio para la vida de este lugar pues se convertiría en una muralla que impediría garantizar el espacio. "Este es un lugar único e irrepetible. No se puede urbanizar, es como si lo muraran", ha apuntado no sin dejar de reconocer que no se puede especular con los ecosistemas.

"Es demencial que nosotros hemos puesto de nuestro dinero y hemos hecho recolectas para sacar este juicio", ha manifestado la portavoz que ha reprochado al Ayuntamiento que con el dinero de los vecinos y ciudadanos no actuara en favor de este espacio natural, bien al contrario, han ido en contra, en favor de una urbanización y en contra de un lugar "irrepetible".

3 noviembre 2010
El TSJC confirma que el plan parcial El Puertito incluyó suelo del Malpaís. El Día.
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado que el Ayuntamiento de Güímar sí puede ejecutar la sentencia que anula dos parcelas de la reserva del Malpaís incluidas en el proyecto de compensación del proyecto del plan parcial El Puertito para equipamiento escolar y deportivo y "que no pueden tener otra consideración que suelo rústico", por lo que propone un nuevo plan de compensación en la zona.

Por ello, el TSJC ha anulado la petición de la corporación de no ejecutar dicha sentencia por su imposibilidad. El tribunal apunta que "una sentencia de nulidad es siempre perfectamente ejecutable", e insiste en que esta nulidad cuenta con una sentencia firme, siendo ello "una razón imperativa legal y no una mera cuestión interpretativa".

Cabe recordar que fue la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC la que emitió esa sentencia firme dando la razón a quienes defendían que el plan parcial situado a la entrada de El Puertito de Güímar incluía 26.338 metros cuadrados, divididos en dos parcelas, que forman parte de la reserva natural especial del Malpaís de Güímar. Precisamente, en ese espacio se emplazó el suelo reservado a equipamiento público.

Se da la circunstancia de que el Ayuntamiento güimarero había concedido licencias de obras en este plan parcial llegando una promotora a poner en venta, sobre plano, algunas promociones. Es más, una de las parcelas está ocupada por una edificación ya habitada.

El juez de la sección segunda ha señalado en el fallo que "en lo que respecta a que el Plan General de Ordenación Urbana o el plan parcial contradigan la ley carece de eficacia, porque sobre ellos está la ley, máxime cuando así fue declarado en la sentencia".

Fue en el año 2005 cuando el gobierno municipal de entonces, formado PP y CC, otorgó la licencia para desarrollar el plan parcial El Puertito. El TSJC condena ahora al Ayuntamiento de Güímar a pagar las costas del juicio "por temeridad manifiesta en el planteamiento del incidente".


3 de noviembre 2010
El TSJC confirma la nulidad de las parcelas del Malpaís. La Opinión de Tenerife.
El Ayuntamiento es "condenado" a pagar las costas por "temeridad manifista en el planteamiento del incidente"
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias exige además al consistorio un nuevo plan de compensación en el Plan del Puertito

EUROPAPRESS El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha confirmado que el Ayuntamiento tinerfeño de Güímar sí puede ejecutar la sentencia que anula las dos parcelas de la Reserva Natural del Malpaís de Güímar del proyecto de compensación --destinadas a equipamiento escolar y deportivo-- del proyecto del Plan Parcial de El Puertito y "que no pueden tener otra consideración que suelo rústico", por lo que propone un nuevo plan de compensación en la zona.

De esta manera ha anulado la petición de la corporación de no poder ejecutar dicha sentencia. En este sentido ha apuntado que "una sentencia de nulidad es siempre perfectamente ejecutable", es más ha insistido que esta nulidad cuenta con una sentencia firme siendo esta "una razón imperativa lega, y no una cuestión mera interpretativa".

El juez de la sección segunda ha señalado en el fallo que los hechos son "irrefutables", pues las dos parcelas están dentro del Espacio Natural Protegido y por tanto no se puede hacer ninguna compensación sobre ellas "debiendo ser excluidas de dicho proyecto; siendo este el alcance de la nulidad, que resulta perfectamente ejecutable, en cuanto la realidad que con lleva supone una vulneración de la legalidad existente".

"Por otra parte, len lo que el Plan General de Ordenación Urbana o el Plan Parcial contradigan la Ley carece de eficacias, porque sobre ellos está la Ley y máxime cuando así fue declarado en la sentencia", ha puntualizado para enfatizar que se habrá de aprobase un nuevo plan de compensación.

La sentencia condena por último al Ayuntamiento de Güímar a condenar a las costas del juicio "por temeridad manifiestas en el planteamiento del incidente.